La irrupción con fuerza de las redes sociales en los últimos años ha llevado aparejada una serie de riesgos, sobre todo en materia de protección de datos, para un colectivo muy vulnerable: el de los menores. Organismos como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o el Defensor del Pueblo se han volcado en establecer recomendaciones para los padres o tutores de menores con acceso a internet. Asimismo, ambas entidades han exigido a las propias empresas que gestionan las redes sociales que controlen de manera efectiva el acceso de los menores a sus plataformas y que introduzcan mejoras tecnológicas y organizativas constantes para garantizar dicho control.

Protección de datos de menores en redes sociales

Un estudio de 2010 encargado por la Oficina del Defensor del Pueblo a UNICEF, que recoge una muestra de 3.219 alumnos de entre 12 y 18 años, revela que la gran mayoría de los menores en esta franja de edad tiene en su hogar al menos un ordenador con acceso a internet sin un sistema de filtrado o control de acceso a determinados contenidos y servicios. El lugar desde el que se establecen las conexiones es mayoritariamente la habitación, donde no existe control parental. El 42% de los entrevistados admite que tiene amigos virtuales, que solo conoce por internet a través de las redes sociales.

El 64% reconoce que “cuelga”, con mayor o menor frecuencia, imágenes privadas propias o ajenas. El documento añade que el intercambio de información personal y el acceso a contenidos nocivos suponen un importante riesgo para el desarrollo y el aprendizaje de los menores. Los expertos que participaron en el informe recomiendan que se informe a los menores sobre los peligros de establecer contacto virtual o físico con desconocidos, aportar datos personales o exhibir imágenes privadas propias o ajenas.

La normativa sobre protección de datos no permite a los menores de 14 años registrarse como usuarios de una red social sin el consentimiento de los padres. A la red social con mayor implantación, Facebook, no tuvo más opción le quedó otra que adecuarse a la legislación española. Así, en febrero de 2010 anunció que subía de 13 a 14 años la edad mínima para poder formar parte de esta comunidad, tras los requerimientos de la AEPD. Y es que, hasta entonces, funcionaba en España de acuerdo a la legislación norteamericana, que establece ese mínimo en 13 años.

Por su parte, la red social Tuenti, de gran éxito entre el público adolescente, se comprometió con la AEPD a implantar un sistema de verificación de la edad de los usuarios mediante el análisis de perfiles de personas que aparentaban ser menores de 14 años. La AEPD, en su Memoria de 2009, ya proponía incorporar en los planes de estudios una información adecuada en privacidad y protección de datos, así como promover que los menores dispongan de medios digitales que les permitan acreditar que tienen la edad requerida. Además recomendaba a los padres implicarse en la educación de sus hijos en estos ámbitos, de igual manera que lo hacen en otros asuntos.

Otro informe, este del Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), de febrero de 2009, también ponía de manifiesto la inexistencia en las redes sociales de sistemas eficaces para identificar y verificar la edad de los usuarios. El estudio advertía del riesgo del tratamiento de datos de menores, ya que podrían estar tratados bajo un consentimiento no válido.