Las tiendas online son un negocio en alza, por el ahorro de costes que suponen en comparación con las tiendas físicas. La principal ventaja de montar un negocio en internet es un ahorro en tiempo (no es necesario solicitar licencias o permisos) y en costes como impuestos o alquileres. Pero ello no significa que las tiendas online vivan al margen de la ley. Para crear un negocio online hay que cumplir con una serie de preceptos legales, en especial con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico LSSI-CE y la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

En primer lugar, todo aquel que abra una tienda virtual deberá publicar en su sitio web una serie de datos que le identifiquen, según lo dispuesto en la LSSI-CE. Así, es obligatorio poner el nombre o denominación social, una dirección de correo electrónico y unos datos de contacto, y el NIF. Si se está adherido a algún código de conducta, también hay que especificarlo.

En cuanto a la venta en sí, se debe hacer visible de forma clara los precios de los productos y servicios que se ofrecen, con indicación de los impuestos y los gastos de envío. En su caso, se deben consignar los datos relativos a la autorización administrativa necesaria para el ejercicio de la actividad: datos de colegiación y título académico de profesionales que ejerzan una actividad regulada. Si además se realizan contratos online, se debe informar sobre los trámites a seguir, si el documento electrónico del contrato se va a archivar y si este será accesible, así como las condiciones generales del mismo.

Por otra parte, las tiendas online deben cumplir todas las normas relacionadas con la LOPD ya que manejan datos de carácter personal de los clientes.

Cumplir la normativa LOPD

Si durante el proceso de comercio electrónico se recaba cualquier información o dato personal, la web debe atenerse a lo dispuesto en el artículo 26 de esta norma, que regula la notificación e inscripción registral de un fichero en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La creación de ficheros de datos personales se ha de notificar previamente a la Agencia.

Asimismo, según el artículo 5 de esta ley, los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información. También debe informar a sus usuarios de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), por los que no se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los mismos. Todos los formularios que recaben datos de carácter personal, deben estar acompañados de una cláusula con esta información para cumplir con la normativa legal, tal y como dispone la LOPD en su Artículo 4, 15, y 16.

Existen otras leyes que hay que tener en cuenta a la hora de montar una tienda online. Las principales son; Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista; Código Civil; Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de Contratación; Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios; Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo; Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica.