Desde enero, varios medios y webs en España ofrecen la posibilidad de rechazar las cookies a cambio del pago de una suscripción. Las cookies son pequeños ficheros que se guardan en el dispositivo del usuario y contienen información de las páginas web que ha visitado, así como otros datos de navegación. Algunas las webs que se han sumado a esta propuesta son El Mundo, elDiario, Xataka, Youtube, etc. Su objetivo es garantizar la privacidad de sus usuarios a través de un «muro de pago» y, al mismo tiempo, sacar un beneficio a cambio.
Pero, ¿está permitida esta práctica?
La AEPD, con el fin de adaptarse a la directriz 03/2022 del Comité Europeo de Protección de Datos, actualizó en julio de 2023 su “Guía sobre el uso de las cookies”, que entró en vigor el pasado 11 de enero de 2024.
En este nuevo documento, la AEPD prohíbe el uso de muros de cookies, pero permite un acceso al dominio web (o a los servicios del mismo) sin necesidad de aceptar las cookies, siempre que se ofrezca una alternativa equivalente y no necesariamente gratuita.
En definitiva, los usuarios podrán navegar por un sitio web sin necesidad de aceptar las cookies, siempre que previamente hayan aceptado un pago.
Además, la AEPD precisa que el servicio equivalente no podrá ser ofrecido por un tercero, ajeno al editor.
Legislación de cookies
La aplicación generalizada de esta práctica a todas las webs queda sujeta a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI-CE). Esta ley establece que la instalación de cookies requiere el consentimiento expreso del usuario. Así mismo, es necesario que se facilite información clara y completa sobre su uso, a menos que sean necesarias para la navegación. La legislación europea requiere que las alternativas a la aceptación de las cookies sean equitativas, adecuadas y genuinamente equivalentes.
A principios de 2024, Google eliminó las cookies analíticas para 30 millones de usuarios. Esto ha llevado a muchas organizaciones de publicidad y marketing a adoptar el modelo «paywall». La decisión de la AEPD permite que el editor impida el acceso al sitio web al usuario si este no acepta las cookies, siempre y cuando se informe de manera adecuada y se ofrezca la posibilidad de acceder a la web, sin necesidad de aceptar las cookies, pagando una cuantía adecuada.
Ciertos editores están utilizando esta nueva práctica para compensar la pérdida de ingresos en webs financiadas principalmente por publicidad.
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