El cloud computing o computación en nube es una nueva forma de almacenar y compartir datos a través de internet que cada vez tiene más adeptos entre empresas, particulares y organismos de la Administración Pública. La nube permite al usuario optimizar el coste de los recursos para sus necesidades de tratamiento de información. Es decir, con esta tecnología se ahorra mucho dinero, ya que el usuario no tiene necesidad de realizar inversiones en infraestructura para almacenar datos, sino que utiliza la que pone a su disposición el prestador del servicio de nube. Y además de ahorro, comodidad, ya que te permite tener todos tus documentos siempre a mano, basta con disponer de una conexión a internet.
Quien contrata estos servicios a una empresa de alojamiento de datos en la nube puede acceder a bases de datos, correo electrónico, nóminas o gestión de recursos humanos de acuerdo a sus necesidades. Pero hay que tener en cuenta que la empresa que comercializa los servicios de la nube no tiene por qué ser en realidad la que mantiene y gestiona el soporte físico de la información, los procesos y las comunicaciones, que pueden hallarse en manos de terceros.
En cualquier caso, con el cloud computing estamos ante una nueva forma de utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se basa en emplear técnicas ya existentes de una forma innovadora y, sobre todo, a una nueva escala. La nube permite el uso de recursos de hardware, software, almacenamiento, servicios y comunicaciones, que pueden estar distribuidos geográficamente, a través de la red. La empresa que ofrece estos servicios es responsable de la destrucción o mala utilización de los datos alojados en la nube, sobre todo si se trata de datos personales, al ser de aplicación en nuestro país la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
En el modelo del cloud computing participan tres elementos: en primer lugar están los clientes o usuarios, que para implementar sus procesos de tratamiento de información comparten los mismos recursos a través de la red; el segundo actor es el proveedor de servicios de la nube y en tercer lugar figura el socio del proveedor, que se sitúa entre el cliente y la nube, y que ofrece servicios como, por ejemplo, las licencias de uso, que se venden al usuario final.
Existen varios tipos de ‘cloud computing’. Se pueden clasificar de muchas maneras, pero nosotros vamos a hacerlo de acuerdo a cómo afectan al tratamiento de datos de carácter personal. En la nube pública, el proveedor de servicios proporciona sus recursos de forma abierta a entidades heterogéneas, sin más relación entre sí que haber cerrado un contrato con el mismo proveedor de servicio. Por tanto, entre sus clientes hay desde particulares a grandes empresas.
El otro tipo más común es la nube privada, que es gestionada y administrada por una entidad, que mantiene el control sobre ella, sin que en la misma puedan participar entidades externas. No es necesario que la ponga en funcionamiento y la desarrolle la misma entidad que la utiliza. En muchas ocasiones se contrata a un tercero, que bajo la supervisión de la primera actúa en función de sus necesidades.
Las grandes compañías, administraciones públicas e incluso algunas entidades de enseñanza son las que principalmente optan por este tipo de nube privada, al ser organizaciones complejas, que necesitan centralizar los recursos informáticos y, a la vez, ofrecer flexibilidad en la disponibilidad de los mismos.
También existen las nubes híbridas, que ofrecen determinados servicios de forma pública y otros de forma privada; las nubes comunitarias, cuando dichos servicios son compartidos en una comunidad cerrada; o las nubes privadas virtuales, que son el resultado de desarrollar garantías adicionales de seguridad en nubes públicas.
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