No es el título de una novela. El derecho al olvido en internet es la facultad que tienen los ciudadanos de pedir a los buscadores, que retiren de sus resultados de búsqueda referencias a su persona que hayan quedado obsoletas. Algo así como pedir que borren de internet una parte de tu pasado que ya está superada y que afecta a algún derecho fundamental. Algunos ejemplos: una deuda que aparece en un fichero en internet y que, sin embargo, ya fue satisfecha en su momento; o figurar como acusado en un caso de corrupción del que finalmente fue absuelto.
En pocos años se ha consolidado como un derecho cada vez más reclamado por los ciudadanos. Así, de las tres solicitudes recibidas en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en 2007 se han pasado a las 181 registradas en 2012, según la Memoria de ese año de esta institución. Asimismo, con respecto a las reclamaciones recibidas en 2011, el incremento fue del 13%. Estos datos revelan que la sociedad es cada vez más consciente del valor que tiene la información personal que circula por la red.
Por tanto, no es descabellado afirmar que el derecho al olvido cotiza al alza. Como ya conocen muchos ciudadanos, una forma de solucionar este problema es acudir a la AEPD y solicitar el borrado. Si esta institución estimara esta reclamación como procedente, instaría formalmente a Google o el buscador que fuese a retirar de sus resultados de búsqueda las páginas que han provocado tal reclamación. Pero aquí es cuando entra en conflicto el derecho al olvido con la libertad de información.
En este sentido, el pasado mes de junio de 2013 el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Niilo Jääskinen, dio la razón a Google ante la consulta planteada por la Audiencia Nacional sobre un procedimiento iniciado por la AEPD contra el gigante norteamericano. En su escrito de conclusiones, el abogado general señaló que Google no tenía la obligación de eliminar información que se ha hecho pública porque traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web. Actuar de esta manera, añadía, supondría un ejercicio de censura por parte de un particular.
No obstante, al calor de este incremento en la preocupación por el efecto negativo que puede tener la información personal que circula por internet, numerosos despachos de abogados y plataformas creadas ‘ad hoc’ ofrecen como servicio iniciar las gestiones para hacer desaparecer esos datos personales obsoletos de la red. Pero estas empresas, vista la dificultad para lograr sus objetivos (en algunos casos se llega a buen puerto), ofrecen “ayuda” para eliminar aquella información no deseada de internet.
En un curso de verano del pasado 2013, el director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez, se refirió a internet y subrayó la repercusión que una capacidad de almacenamiento y difusión potencialmente ilimitada de la información puede tener en la vida de los ciudadanos. A su juicio, la forma en la que se afronten estas cuestiones determinará el tipo de sociedad que construimos, “una en la que los individuos puedan desarrollarse libremente o una en la que el recuerdo permanente y la conciencia de que todo queda registrado condicione el libre desarrollo de la personalidad”.
Por otra parte, el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, que previsiblemente se aprobará este 2014 y que unificará todas las regulaciones en la materia de los países miembros de la UE, regulará el derecho al olvido. Según distintas informaciones, en especial la Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la protección de datos personales, esta norma exigirá a las empresas que ofrecen servicios en internet a cuidar con mayor celo los datos privados que tienen de sus usuarios y a que estos sean borrados si sus titulares así lo desean.
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