El Gobierno de España aprobó en febrero una orden ministerial para prohibir las llamadas comerciales desde números de teléfonos móviles. La Orden ya se ha publicado en el BOE y entrará en vigor el 07/06/2025. De este modo, las empresas, con fines comerciales no solicitados, sólo podrán contactar con los consumidores desde números con prefijos provinciales o a través de líneas gratuitas, es decir, aquellas que comienzan por 800 o 900, o a través de los servicios de cobro revertido automático.
Esta medida supone un paso más en la lucha del Gobierno para acabar con las prácticas comerciales abusivas y las estafas telefónicas. Desde junio de 2023, gracias a la Ley General de Telecomunicaciones, se prohibieron las llamadas comerciales sin consentimiento previo ni otra base legítima. No obstante, las empresas a las que el usuario haya dado autorización pueden seguir comunicándose con él.
Según el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, la decisión busca evitar que los consumidores confundan este tipo de comunicaciones con llamadas personales o engañosas. Las estafas telefónicas suponen ya el 50% del total. Los estafadores suelen recurrir a llamadas o mensajes SMS simulando ser instituciones públicas, bancos o empresas para obtener datos personales y bancarios, o incluso para inscribir a las víctimas en servicios no solicitados de manera fraudulenta.
Bloquear desde el origen para evitar estafas telefónicas
Para combatir esta problemática que afecta a los consumidores, el Gobierno ha implementado una normativa que obligará a las compañías telefónicas a bloquear, desde el origen, aquellas comunicaciones sospechosas de estar relacionadas con suplantaciones de identidad. Así, las empresas de telecomunicaciones tendrán que implementar sistemas para detectar y bloquear este tipo de llamadas. Específicamente, la obligación se aplica a:
- Los operadores que presten servicios de comunicaciones interpersonales.
- Los prestadores de almacenamiento y reenvío de mensajes.
- Sus respectivos revendedores en la medida en que permitan establecer comunicaciones (llamadas y mensajes) mediante el empleo de números del Plan Nacional de Numeración Telefónica, o de la Orden ITC/308/2008, de 31 de enero, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, o alias.
La normativa también incluye un mecanismo para denunciar incumplimientos ante la Oficina de Atención al Usuario de las Telecomunicaciones. Las empresas que infrinjan estas disposiciones se enfrentarán a sanciones económicas y otras accesorias.
COMENTARIOS RECIENTES