La protección de los menores en el entorno digital es una prioridad en la era digital. Con el creciente uso de Internet y dispositivos tecnológicos, los niños y adolescentes están expuestos a numerosos riesgos. En respuesta a esta situación, el Consejo de Ministros aprobó el pasado abril el anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales.

Objetivos del anteproyecto de ley para promover un Internet seguro para menores

El anteproyecto de la ley de menores en entornos digitales tiene como objetivo principal garantizar los derechos de los menores en el ámbito digital, con plena protección de sus derechos y libertades, a la vez que se fomenta un uso adecuado y respetuoso de las nuevas tecnologías. El texto establece medidas regulatorias y obligaciones para empresas y administraciones. Además, resalta la importancia de garantizar una educación adecuada en competencias digitales y promover un uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Para ello, se acompaña de una Estrategia Nacional para la protección de la infancia, que incluirá medidas de gran alcance en ámbitos como la educación y la salud.

En concreto, esta nueva normativa persigue los siguientes objetivos:

Protección de los derechos fundamentales de los menores:

  • Derecho a la intimidad: se refuerza la protección de la imagen y datos personales de los menores, limitando la recolección y tratamiento de sus datos.
  • Derecho al honor y a la propia imagen y al secreto de las comunicaciones: se establecen medidas para combatir el ciberacoso y se aprueban mecanismos para la retirada de contenidos ilícitos que afecten al honor o la imagen de los menores.
  • Derecho a la libertad de expresión: se fomenta el uso responsable de las tecnologías por parte de los menores, garantizando su libertad de expresión en un entorno seguro y respetuoso.

Protección de los menores frente a contenidos nocivos

Se establecen medidas para evitar el acceso de los menores a contenidos inapropiados, como pornografía, violencia o discursos de odio. En este sentido, se modifica la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, para implementar y activar por defecto sistemas de verificación de edad que impidan el acceso de los menores a contenidos perjudiciales.

Fomento del uso adecuado y responsable de las tecnologías:

  • Educación digital: se impulsan programas de educación digital para menores, familias y educadores, con el objetivo de fomentar un uso responsable y seguro de las tecnologías.
  • Control parental: se refuerzan las herramientas de control parental para que las familias puedan gestionar el acceso de sus hijos a los contenidos y servicios digitales. Así, los fabricantes estarán obligados a garantizar que los dispositivos incluyan una funcionalidad de control parental de servicios, aplicaciones y contenidos, cuya activación debe producirse por defecto en el momento de la configuración inicial del dispositivo. La inclusión de la funcionalidad, su activación, configuración y actualización serán gratuitas para el usuario.
  • Ámbito sanitario: se establecerán programas y guías de protección de la salud infantil y juvenil relacionadas con el uso inadecuado de los dispositivos digitales.
  • Colaboración con las empresas: se establece un marco de colaboración con las empresas del sector digital para promover entornos seguros y adecuados para los menores.

Lucha contra los ciberdelitos:

  • Tipificación de nuevos delitos: se tipifican nuevos delitos en el Código Penal relacionados con el ciberacoso, la explotación sexual infantil y la difusión de contenidos nocivos para los menores.
  • Persecución de los delincuentes: se refuerzan los mecanismos para la investigación y persecución de los delitos cometidos contra los menores en el entorno digital.

Reformas y modificaciones del anteproyecto de ley

El anteproyecto de Ley también introduce modificaciones en otros tipos de normativa: 

  • Protección de datos personales: se modificará el límite de edad en la cual los menores podrán prestar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, aumentándolo de 14 a 16 años.
  • Defensa de consumidores y usuarios: los fabricantes de dispositivos digitales con conexión a internet deberán proporcionar información sobre los contenidos perjudiciales para la salud, la protección de datos, el tiempo recomendado de uso y la afectación a la calidad del sueño por un uso prolongado del servicio.
  • Jurisdicción: se prevé la reforma de la Ley Contencioso-Administrativa, para que los jueces de este orden puedan interrumpir los servicios que ofrezcan acceso sin límites a contenido perjudicial para los menores.   

Implementación y vigencia

Aunque el anteproyecto aún debe pasar por la tramitación parlamentaria, se espera que la ley entre en vigor a finales de 2024 o en 2025.