Conversia-Problemas-Vueling-pixabay2605014La Agencia Española de Protección de Datos ha multado a Vueling por cometer una infracción que, a la práctica, es más frecuente de lo que creemos: instalar las cookies en el dispositivo del usuario sin que este dé su consentimiento activo. En este post de Conversia te contamos los problemas a los que se enfrenta la compañía aérea por incumplir con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE).

Vueling incumple la LSSI-CE y es multada con 30.000 euros

Problemas para Vueling. Su página web no permitía a los usuarios rechazar la instalación de cookies, de manera que estos pequeños ficheros acababan instalados en los equipos de los usuarios sin poder prestar su consentimiento activo, tal y como explicábamos hace unas semanas en este blog de Conversia. Asimismo, el sitio tampoco daba opción a retirar el consentimiento anteriormente prestado y, además, en el caso de que los usuarios quisieran gestionar las cookies, la política de cookies de la página remitía a que se hiciera desde las herramientas del propio navegador. Por todos estos motivos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a la compañía aérea con 30.000 euros. Sin embargo, la sanción se ha visto posteriormente reducida a 18.000 euros, ya que Vueling ha reconocido su responsabilidad y ha procedido al pago voluntario de la multa.

En este sentido, la AEPD ha emitido una resolución sancionadora con el argumento de que “el consentimiento a que se cedan datos a terceros a través de cookies es implícito, no explícito”, hecho que incumple el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE). “En ningún momento da la opción de poder oponerse a la instalación de estas en el dispositivo o de cualquier otra cookie, sino que remite a la configuración de los navegadores para eliminarlas o bloquearlas, no ofreciendo la posibilidad de denegar el consentimiento para el uso de cookies o de retirar el prestado, sino es a través de las opciones del navegador”, afirma la Agencia en la resolución.

La resolución de la AEPD indica cómo solucionar los problemas

Para solucionar estos problemas, la AEPD insta a Vueling a que habilite “un mecanismo o botón para rechazar todas las cookies, otro para habilitar todas las cookies o hacerlo de forma gradual para poder administrar preferencias”. Además, la Agencia considera que “la información ofrecida sobre las herramientas proporcionadas por varios navegadores para configurar las cookies sería complementaria a la anterior, pero insuficiente”.

Esta sanción es destacable porque la falta de opciones para configurar la política de cookies es uno de los problemas que más se repite en muchas páginas webs en materia de privacidad y protección de datos. Como ya hemos destacado al inicio de este post de Conversia, este tipo de práctica infringe el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE), que establece que “los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos”. Infringir este artículo está calificado con una sanción leve.

A pesar de la sanción, a día de hoy, el sitio web de Vueling continúa con la misma política de cookies y, al entrar por primera vez en la página, los usuarios siguen sin poder rechazar las cookies. El mensaje emergente alerta de que si el usuario sigue navegando por el sitio, la empresa considera que se acepta la instalación de estos pequeños ficheros para elaborar estadísticas de uso y ofrecerle publicidad basada en sus hábitos de navegación.

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Captura Web Vueling.

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Captura Web Vueling.

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